¿Cuándo tengo que pagar con cheques por mis facturas de compra?
- Hector Fidel Candia Gomez
- 2 jun 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 23 jul 2020
La siguiente escena es muy típica: Necesitas pagar a tus proveedores, así que giras un cheque por 10,000 dólares y empiezas a cancelar a todos en efectivo. Entendemos los motivos porque quieres hacerlo más "rápido". Pero, ¿Sabías que esa no es la forma correcta de procesar tus cuentas por pagar?
Para empezar, te expones a que un sacapintas te robe. Pero, sobre todo, hay procedimientos dictados por el SRI para que una factura de gasto sea aceptada como "deducible", es decir, válida para la deducción de gastos en tu impuesto a la renta.
La Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, para que las transacciones u operaciones que superen los USD 1.000 (mil dólares de los Estados Unidos de América) sean válidas para fines tributarios, deben realizarse a través de instituciones del sistema financiero.
De Acuerdo al ART. 27 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (RLORTI), numeral 5, en uno de sus párrafos menciona que: para que el costo o gasto por cada caso entendido superior a los mil dólares sea deducible para el cálculo del Impuesto a la Renta, a más del comprobante de venta respectivo, se requiere la utilización de cualquier institución del sistema financiero para realizar el pago, a través de giros, transferencias de fondos, tarjetas de crédito y débito y cheques.
Si tuvieras una factura de $3,000 dólares y pagas $2,000 con cheque y $1,000 en efectivo, sin utilizar el sistema financiero, la totalidad de la transacción se considera como gasto no deducible y deberá contabilizarse como tal en la conciliación tributaria.
En vista de todo lo dicho, te recomendamos implementar los sistemas de control interno y la adaptación a este sistema para evitar problemas tributarios a futuro. Nosotros podemos ayudarte, contáctanos.
Fuente: Servicio de Rentas Internas
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