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Atención Sector Transporte Pesado – Importantes cambios en el esquema de facturación

  • Foto del escritor: Hector Fidel Candia Gomez
    Hector Fidel Candia Gomez
  • 14 nov 2022
  • 2 Min. de lectura

Durante los últimos seis años, los señores socios y accionistas de las empresas del sector del transporte pesado cuyos vehículos no son parte del patrimonio de la operadora, han manejado el esquema de Punto de Emisión, que les permitía cobrar directamente al cliente a través de una factura que la operadora le entregaba, dentro de un punto de emisión establecido, logrando así que la retención en la fuente del Impuesto a la Renta y el cobro vaya directamente al accionista.


Las últimas reformas tributarias establecen cambios importantes en esta figura, la cual será necesaria analizarla para su aplicación oportuna.


Desde el 30 de noviembre de 2022, se empezará a aplicar la siguiente metodología graficada de a continuación:


Figura 1. Graficación del nuevo esquema de facturación de Transporte Pesado

Fuente: Adaptación propia.


1. La operadora será quien emita directamente la factura electrónica por los servicios de transporte pesado al cliente.

2. El cliente le hará la retención en la fuente de impuesto a la renta a la operadora y el consiguiente pago.

3. Los socios o accionistas deberán presentar su factura electrónica a la operadora, ya no al cliente, la cual les retendrá el impuesto a la renta.

4. Las facturas de punto de emisión quedarán anuladas por oficio (es decir por acción del SRI) a partir del 30 de noviembre de 2022


De acuerdo a las autoridades, esta figura permitirá un ordenamiento tributario y administrativo tanto a nivel fiscal como dentro de las organizaciones de transporte. Por supuesto, habrá voces a favor y en contra de estos cambios, lo importante es conocerlos bien desde la parte administrativa de la operadora y quienes forman parte de la misma (socios o accionistas) para su aplicación correcta sin temor a caer en sanciones pecuniarias.


Por otra parte, dado que la actividad económica del transporte forma parte del régimen general, estarán obligados desde el 30 de noviembre a emitir exclusivamente comprobantes de venta electrónicos por los servicios prestados.


Preguntas frecuentes.


¿Puedo facturar directamente al cliente? R. No podrá hacerlo. El Servicio de Rentas configura la actividad del transporte directamente ligada a la operadora, por lo tanto sus facturas saldrán predeterminada con el nombre de su operadora.


¿Qué sucede con las facturas impresas emitidas bajo el punto de emisión? Estas estarán vigente hasta el 29 de noviembre de 2022. Después de ello, ya no tendrán validez tributaria.


¿Los socios y accionistas de transporte de carga liviana, servicio privado de personas y escolar seguirán contando con punto de emisión? R. Si. Estas disposiciones solo aplican a las operadoras de transporte pesado cuyas unidades estén a nombre de sus socios o accionistas.


¿Si las unidades de transporte pesado están a nombre de la operadora, puedo emitir facturas a la operadora? R. No. Debido a que las unidades pasan a formar parte del patrimonio de la operadora, no existe tal figura de “proveedor”, los socios o accionistas perciben beneficios por la distribución de dividendos que se efectúan una vez al año después de liquidar el Impuesto a la Renta de la operadora.



Referencias bibliográficas consultadas

Servicio de Rentas Internas (2022) Resolución NAC-DGERCG22-00000052

Servicio de Rentas Internas (2017) Resolución NAC-GERCGC17-00000295

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